Escándalo de corrupción del alcalde morenista de Tulum, Diego Castañón, autorizó la construcción de un complejo de 30 departamentos de lujo sin permiso; juez ordena demoler la obra.

Escándalo de corrupción del alcalde morenista de Tulum, Diego Castañón, autorizó la construcción de un complejo de 30 departamentos sin permiso; juez ordenan de moler la obra.

 

La sentencia del Juzgado Quinto Federal es clara: restauración del sitio “a como se encontraba”. El sitio al que se refiere es una bahía Soliman, de un ecosistema frágil al que llegan a anidar tortugas. Allí la empresa Promotora de Incentivos México desarrolló dos edificios sin tener ni un solo permiso, u obtenerlos después de haber construido, con lo cual, a la vez, estafó a cientos de inversores, muchos de ellos de Estados Unidos que apostaron al “boom” inmobiliario que vive Tulum, que parecía tierra de nadie, pero ha demostrado, gracias a su gente, que es tierra de todos para goce y disfrute de quintanarroenses y visitantes que todavía puedan ver el esplendor de su naturaleza.

 

Construir sin permisos

¿Cómo es posible construir un edificio de 30 departamentos de lujo sin que nadie lo frene? Lisa y llanamente por una cadena de corrupción que arranca desde el municipio, encabezado por el regiomontano Diego Castañón; el extitular de Sedetus (Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable), entonces encabezada por Armando Lara De Nigris, quien desapareció del mapa y de gobierno hace meses en un manto de sombra.

El paso primero para realizar una construcción de ese tamaño es obtener una licencia de construcción, que la otorga el titular de Desarrollo Urbano, en este caso, Lorenzo Bernabé Miranda Miranda, quien ha sido también señalado e involucrado en el despojo de una propiedad de 179 hectáreas que pasaron, de la noche a la mañana, a otros dueños. Sin embargo, el titular es inamovible desde épocas de Marciano Dzul Caamal, al igual que el titular de catastro, Rubén Raziel Ek Cruz. Sobre ese caso han salido cientos de notas y fue llamado el “cártel del despojo”.

MIA

Para poner el primer ladrillo en una obra (más aún en una zona protegida y vulnerable) es necesaria la acreditación de la Manifestación de Impacto Ambiental, que la otorga en este caso la federación. No es un requisito menor. Y antes de construir, desde luego, se requiere que la Sedetus expida una constancia de Congruencia Urbanística Estatal. Aún así, la desarrolladora, a cargo de los  proyectos Adamar y Maiim, en bahía Solimán (además de Nero), hizo casi todo el edificio sin permisos e incluso violando las clausuras y sentencias previas para detener la construcción.

Sentencia

Ayer, la presidenta de la asociación civil Defendiendo el Derecho a un Medio Ambiente Sano (DMAS), Antonella Vázquez, confirmó la sentencia para que el lugar regrese a como estaba, es decir, deberá ser demolido el edificio construido sobre una cadena de corrupción. ¿Pero cómo es posible que los titulares municipales que avalaron tamaño despropósito sigan en sus puestos? ¿Acaso la 4T no promueve el: no mentir, no robar ni traicionar? En este caso se dan las tres premisas. Mentiras, robo y traición a la ciudadanía.

Más aún cuando la asociación avisó, en el caso de Adamar, desde que estaba apenas comenzando la obra. “Estaba apenas el primer piso. Pero veías el animal que era MAIIN en la punta de la bahía, casi encima del mar, que también tuvo sellos de profeta. Es una mentada porque estaba construido sin permisos”, contó a Grupo Pirámide la presidenta de DMAS. Documentaron, hicieron videos, escritos, solicitaron información por transparencia y loable el trabajo en pro, no sólo de Quintana Roo, sino de México y un planeta cada vez más frágil.
Aún cuando la primera sentencia les daba 70 días para regularizar sus permisos, pasaron tres años para que se frenara definitivamente la obra.

Detalles de la sentencia

La sentencia es clara y en una de sus partes fundamentales dice, según el Artículo 551. “A la solicitud de la Licencia de Construcción, se deberá acompañar una serie de documentos de acuerdo al Formato de Requisitos establecido por la Dirección, REQUISITOS: 16) Copia del Resolutivo en Materia de Impacto Ambiental, emitido por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en su caso. 17) Copia del Dictamen de Impacto Ambiental o de Impacto y Riesgo Ambiental, en su caso…” Nada de ello existía al momento de comenzar la construcción. Por lo tanto, la expedida de manera extemporánea fue revocada, es decir, queda sin ningún efecto.
¿Cómo es posible obtener la licencia de construcción, sin la autorización de impacto ambiental? Lo señala claramente la sentencia: “en contravención a la legislación municipal y estatal en cita, pues se emitieron sin que existiera previamente una autorización en materia de impacto ambiental en materia federal por tratarse de un proyecto inmobiliario en ambientes costeros, como prevé el artículo 28, fracción IX, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente”.

Monumento a la corrupción

Cuando ya estaba casi terminado el edificio, el 11 de julio de dos mil veinticuatro, fue cuando el tercero interesado (la empresa) ingresó el proyecto de evaluación de impacto ambiental ante la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales para su autorización. ¿Cómo es posible que antes obtuviera licencia de construcción? Saque sus propias conclusiones.

El edificio es un monumento a la corrupción que debe ser erradicada piedra a piedra en Tulum, como deberá ser demolido este caso que cruzó fronteras y provocó el quebranto de cientos de inversionistas que se quedaron el mal sabor al invertir en Tulum, donde con un render cualquiera puede salir a vender espejos de colores.

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